Derecho internacional humanitario y medio ambiente: hacia mejores estándares de debida consideración

Grace Merry

Julia Macedo

 

Los conflictos armados impactan negativamente el ecosistema, y es inevitable que la acción de los beligerantes produzca daños al medio ambiente, directos o indirectos. No obstante, el marco legal del derecho internacional humanitario, conforme lo establecido en el Protocolo adicional I de los Convenios de Ginebra, no es suficientemente estricto, y es inadecuado para proteger de manera efectiva la naturaleza. En ese contexto, el estándar de la debida consideración (due regard) parece ser una alternativa preferible al Protocolo, ya que presenta una limitación real a la conducta estatal. El presente artículo busca contribuir a este debate, considerando las recientes Directrices del Comité Internacional de la Cruz Roja y ofreciendo una interpretación alternativa a la protección del medio ambiente en los conflictos armados internacionales.

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La detención de personas en conflictos armados no internacionales: análisis desde la relación entre el derecho internacional humanitario y los derechos humanos

Carmela Sofía García Ganoza

Lorena Denisse Vílchez Marcos

El presente artículo examina la problemática de la detención de personas en conflictos armados no internacionales. En primer lugar, se examina si existe una laguna jurídica en el derecho internacional humanitario respecto a la protección de las personas que se encuentran privadas de libertad en estos contextos. En segundo lugar, se analizan las obligaciones estatales de protección de personas detenidas en conflictos armados no internacionales a partir de la complementariedad entre el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, y, en particular, de los estándares del sistema interamericano de derechos humanos. En tercer lugar, se señala la posibilidad de que los grupos armados realicen detenciones y si deben respetar obligaciones mínimas de derechos humanos. Finalmente, se concluye que los derechos humanos complementan la protección del derecho internacional humanitario a personas detenidas en conflictos armados no internacionales tanto en el caso de los Estados como de los grupos armados.

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Ocupación por proxy y los test de control: un análisis jurisprudencial

Sebastián Alejandro Arrieta Uquillas

Juan Felipe Idrovo Romo

En el caso del Fiscal c. Duško Tadić, el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia sentó un gran precedente para el Derecho Internacional Humanitario al desarrollar el concepto de la internacionalización de un conflicto armado. Esto permitió que la figura de la ocupación por proxy encuentre cabida en casos donde un Estado ocupa determinado territorio de otro, por medio de un grupo armado organizado sobre el cual ejerce determinado nivel de control; a la vez, el grupo armado debe ejercer control efectivo sobre el territorio “ocupado” y cumplir con los demás presupuestos de la ocupación. El artículo propone un detallado análisis jurisprudencial y una discusión paralela sobre conceptos interdependientes como la calificación del conflicto y la atribución de responsabilidad estatal, al ser determinantes para que la ocupación por proxy sea aplicable.  

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La guerra contra las drogas: desafíos para el derecho internacional humanitario

Chiara Redaelli

Algunos de los episodios de violencia más atroces se cometen en países afectados por el crimen organizado. Los grupos criminales persiguen principalmente objetivos económicos: se benefician de un Estado débil e ineficaz, sin pretender derrocar al gobierno. Por esa razón, no debería sorprendernos que las organizaciones criminales tienden a no ser analizadas desde la perspectiva del derecho internacional humanitario. No obstante, se involucran en actos de violencia armada contra las fuerzas estatales lo que, en la gran mayoría de los casos, genera un impacto dramático en la población. Este artículo examina los desafíos particulares que plantean las organizaciones criminales que son parte en un conflicto armado no internacional desde una perspectiva del derecho internacional humanitario. En primer lugar, la atención se centrará en establecer si los actores económicos, que no persiguen objetivos políticos, pueden ser parte de un conflicto armado no internacional. En segundo lugar, el artículo abordará de manera puntual los desafíos que plantea la estructura altamente horizontal y descentralizada de algunos carteles latinoamericanos dedicados al narcotráfico. Adicionalmente, se analizarán los efectos de la militarización de la guerra contra las drogas. Finalmente, veremos que la estructura peculiar de los carteles de la droga plantea desafíos cruciales para determinar quién es un objetivo legítimo según el derecho internacional humanitario.

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Aplicación de la figura de crimen de guerra como límite al beneficio de amnistía en la Jurisdicción Especial para la Paz

César Rojas-Orozco

El derecho internacional humanitario prevé tanto la concesión de amnistías al final de un conflicto armado no internacional como su prohibición por crímenes de guerra. Sin embargo, pese a que la figura de crimen de guerra tiene una larga historia en conflictos armados internacionales, su extensión a conflictos no internacionales solo tuvo lugar desde 1995, y aún persisten vacíos sobre su aplicación, particularmente por tribunales nacionales. Por esto, el mandato de la Jurisdicción Especial para la Paz en Colombia para decidir la concesión de amnistías a través de un trámite judicial, y bajo el marco del derecho internacional, plantea retos y oportunidades para delinear el contenido y alcance de la figura de crimen de guerra como límite a dicho beneficio. Al efecto, este artículo analiza la forma como la Jurisdicción ha entendido y aplicado la categoría de crimen de guerra para excluir el beneficio de amnistía en sus primeros tres años de funcionamiento, dando cuenta de las discusiones que subyacen al tema, los referentes aplicables de la normativa y la jurisprudencia internacional, y los aportes que esta jurisdicción está haciendo al aún incompleto desarrollo de la noción de crimen de guerra en los conflictos armados no internacionales.

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La legislación antiterrorista en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Juana María Ibáñez Rivas

En el marco de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para analizar casos vinculados a conflictos armados, esta ha reconocido la interrelación entre el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario y, en esa medida, ha analizado hechos relacionados a legislación antiterrorista creada y aplicada en tales contextos. El derecho internacional humanitario prohíbe los actos terroristas y, asimismo, establece garantías de protección para las personas sospechosas, acusadas o sentenciadas por delitos de terrorismo en relación con un conflicto armado. De esta manera, en el análisis de los respectivos casos, la Corte Interamericana ha interpretado el principio de legalidad y no retroactividad, las garantías del debido proceso y los derechos a la libertad e integridad personales reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a la luz de la interrelación entre ambas ramas del derecho internacional público y, en algunas ocasiones, con reenvío expreso al derecho internacional humanitario. Dicha jurisprudencia ha demostrado que el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario resultan fundamentales en la adopción de medidas de lucha contra el terrorismo y, específicamente, en la implementación del marco normativo para enfrentar ese flagelo.

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Las vertientes del derecho internacional humanitario en la jurisprudencia constitucional colombiana: a treinta años de la Constitución Política de 1991

José David Palencia Osorio

En el marco de los treinta años de la promulgación de la Constitución Política de Colombia de 1991, el artículo se sirve de las vertientes tradicionales sobre las cuales se desarrolló el derecho internacional humanitario, con el denominado derecho de Ginebra para protección de las personas, y del denominado derecho de La Haya, sobre conducción de hostilidades, para analizar algunas disposiciones jurisprudenciales de la Corte Constitucional, con ocasión del control de constitucionalidad a instrumentos internacionales de derecho internacional humanitario o que contienen elementos de este, en el marco del proceso de perfeccionamiento y adecuación en el ordenamiento interno. En su desarrollo jurisprudencial, la Corte Constitucional se adentra en un debate sobre el carácter imperativo de las disposiciones del derecho internacional humanitario en el que aborda temas como la supra constitucionalidad, la equivalencia normativa y el bloque de constitucionalidad, en el que se presentan nociones como el monismo-dualismo, consideraciones sobre la fuerza vinculante del derecho internacional humanitario y su interacción con el derecho internacional de los derechos humanos, y la vigencia de la Cláusula Martens como piedra fundamental en el desarrollo del derecho internacional humanitario.

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La incorporación de facto de la policía a las Fuerzas Armadas: estudio sobre la sentencia del 18 de junio de 2020 de la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz

Aaron Alfredo Acosta

Pablo Gómez Pinilla

Alejandro Jiménez Ospina

El estatus de protección de los integrantes de la Policía Nacional bajo el derecho internacional humanitario (DIH) en el conflicto armado colombiano ha permanecido en una zona gris tanto normativa como jurisprudencial. La sentencia TP-SA-AM 168 de 2020, de la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) postula una definición comprehensiva de la controversia y aclara el alcance de dicha protección. Si bien, en principio, la solución propuesta en la sentencia parece acorde con las normas del derecho internacional humanitario, la utilización de la función continua de combate como criterio para definir la incorporación de facto a las Fuerzas Armadas y las excepciones a dicha incorporación parecen desviarse de lo dispuesto en tal régimen normativo. En este artículo hacemos una explicación de la sentencia, los hechos que la rodearon y la subregla desarrollada por la Sección de Apelación de la JEP, al tiempo que presentamos observaciones frente a los puntos que consideramos problemáticos y que quedaron sin resolver.

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Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad: avances y retos pendientes del Caso 001 en la Jurisdicción Especial para la Paz a la luz del derecho internacional

Juana I. Acosta-López

Ana Idárraga

Cindy Espitia M.

La Jurisdicción Especial para la Paz es un mecanismo de justicia transicional que busca contribuir a la construcción de paz y satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia. Con este fin, se priorizó el macrocaso 001 sobre la “toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad cometidas por las Farc-EP”, asunto sobre el cual la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad profirió el Auto 019 de Determinación de Hechos y Conductas. En este marco, los avances de esta Jurisdicción no solo traen respuestas, sino que acarrean diversos retos jurídicos relacionados con: i) la calificación jurídica de las conductas, ii) las formas de atribución de responsabilidad penal individual, iii) la aplicación de las garantías penales, y iv) el procedimiento transicional. Así, para contribuir a la discusión en esta materia, en el presente texto se realizó un análisis documental, a la luz del derecho internacional, del Auto 019 de 2021, de la respuesta de los comparecientes a este auto y, en general, del macrocaso 001.

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