Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Sg-SST

¿Qué es?

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad de La Sabana consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.

Objetivo:

Planificar, ejecutar y controlar de manera eficaz los lineamientos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, con el fin de garantizar la experiencia vivida de manera segura, para prevenir las enfermedades de origen laboral, los accidentes de trabajo y aportar al bienestar integral de las personas, fomentando condiciones adecuadas para desempeñar su labor.

Alcance:

Inicia con la determinación de las partes interesadas del Sg-SST, sus necesidades y expectativas, requisitos legales y otros requisitos, con los cuales se planifican acciones para abordar riesgos y oportunidades, a través de la identificación, control y eliminación de los factores de riesgo laborales, pasando por la definición de políticas, programas y controles del sistema de gestión seguridad y salud en el trabajo, hasta el seguimiento y la evaluación del mismo y termina con las acciones de mejoramiento requeridas. Este macroproceso aplica para estudiantes en práctica, profesores, directivos, administrativos, proveedores, contratistas y visitantes externos, de la Universidad de La Sabana e Inalde Business School. Contacto: seguridadysalud@unisabana.edu.co

Conoce nuestros comités

*Nota: los dos comités estarán vigentes por un periodo de dos años a partir de su nombramiento.

¿Qué es?

El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (Copasst) tiene como objetivo la promoción y la vigilancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo. Además, es un canal de comunicación entre los funcionarios y el empleador.

Convocatoria
Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST
2022 - 2024

La Dirección de Salud y Seguridad Industrial invita a todos los empleados de la Universidad con contrato a termino indefinido, a postularse en el proceso de elección de los representantes de los trabajadores ante el COPASST.

¡Está es tu oportunidad para gestionar acciones innovadoras a favor del cuidado de la comunidad universitaria!

Plazo de inscripción: Del 11 al 18 de octubre de 2022 a las 5:00 p.m.

Número de representantes a elegir: cuatro (4) principales y cuatro (4) suplentes.

Vigencia: Dos (2) años.

Postúlate enviando un correo electrónico a seguridadysalud@unisabana.edu.co con los siguientes datos: Nombre, Cargo actual y Celular.

Votaciones: jueves 27 de octubre de 2022.

Informes:

copasst@unisabana.edu.co

Funciones del COPASST:

De acuerdo a la Legislación Colombiana; al artículo 11 de la Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1072 de 2015, algunas funciones de este comité son:

  • Recibir por parte de la alta dirección la comunicación de la política de seguridad y salud en el trabajo.
  • Recibir por parte del empleador información sobre el desarrollo de todas las etapas del Sistema de Gestión de Seguridad de la Salud en el Trabajo (SG-SST).
  • Dar recomendaciones para el mejoramiento del SG-SST.
  • Participar en las capacitaciones que realice la Administradora de Riesgos Laborales.
  • Revisión del programa de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Recibir los resultados de las evaluaciones de los ambientes de trabajo y emitir recomendaciones.
  • Apoyar la adopción de las medidas de prevención y control derivadas de la gestión del cambio.
  • Participar en la planificación de las auditorías.
  • Realizar la investigación y el análisis de causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia.

¿Qué es?

Forma parte de las estrategias que las empresas adoptan para crear mejores condiciones laborales para sus colaboradores, a la par de una política de buen trato y la implementación de unos códigos o manuales de comportamiento, todos ellos ajustados a las circunstancias y necesidades de cada organización. Es una medida preventiva de acoso laboral (Resolución 2646 de 2008, Ministerio de la Protección Social Art. 14 numeral 9 1.7) que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud del personal en su lugar de trabajo.

Proceso de elección

La conformación del comité se realizó a través de dos etapas, la primera a través de votación popular realizada los días 8 y 9 de octubre de 2020, en la que se obtuvieron 487 votos para elegir a los representantes por parte de los trabajadores, en cuyo caso los tres (3) candidatos que obtuvieron la mayor cantidad de votos estarán ante el comité como representantes principales y los siguientes como suplentes. Los resultados de dichas votaciones los puedes encontrar aquí.

Informes:

convivencia.laboral@unisabana.edu.co

Funciones:

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
  • Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada.
  • Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
  • Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
  • Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
  • Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
  • En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.
  • Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.
  • Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional de las empresas e instituciones públicas y privadas.
  • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada.


Políticas y objetivos

Política del SG-SST

La Universidad de La Sabana, institución de educación superior, se compromete con la implementación, mantenimiento y mejora de su Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, a través de las siguientes acciones:

  • Proporcionando los recursos económicos, físicos, tecnológicos y humanos necesarios para propiciar condiciones de trabajo seguras y saludables.
  • Previniendo lesiones y el deterioro de la salud, por medio de estrictos controles operacionales que busquen eliminar los peligros y reducir los riesgos como “de alto impacto” para la seguridad y salud de las personas.
  • Cumpliendo con los requisitos legales, reglamentarios y otros aplicables a la seguridad y salud en el trabajo.
  • Promoviendo la participación y consulta de las partes interesadas del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST

Todo lo anterior en una dinámica de mejora continua, que tiene como fin proteger la seguridad y salud de las partes interesadas con las que la institución tiene vínculo directo, a partir de los siguientes pilares:

Objetivos del SG-SST

a. Para el Planear:

Evaluar los peligros asociados a las actividades que se desarrollan en la institución, asegurando el cumplimiento de los requisitos legales y otros aplicables en materia de seguridad y salud en el trabajo.

b. Para el Hacer:

Implementar las medidas de control necesarias, para generar experiencias de cuidado transformadoras que permitan disminuir la probabilidad de ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales y sus consecuencias.

c. Para el Verificar:

Evaluar el impacto y la eficacia de las acciones de control implementadas para proporcionar ambientes de trabajo y aprendizaje seguros y saludables.

d. Para el Actuar:

Innovar en el cuidado de las personas, a través de acciones de mejora continua que propendan por la protección de la seguridad y salud de la comunidad universitaria.

Aprobación: Subcomisión de Gestión Humana, Acta N°582 del 18 de enero de 2021


Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo